Calendario fiscal para autónomos y pymes

Los plazos ordinarios de presentación se repiten cada año: cuatro trimestres y una tanda de resúmenes anuales en enero. Esta página resume qué toca y cuándo, para que planifiques la tesorería antes de que llegue el aviso.

Los cuatro trimestres

PeriodoPlazo de presentaciónModelos habituales
1T · enero a marzoDel 1 al 20 de abril303 (IVA), 130 o 131 (IRPF), 111 y 115 si tienes retenciones
2T · abril a junioDel 1 al 20 de julio303, 130 o 131, 111 y 115
3T · julio a septiembreDel 1 al 20 de octubre303, 130 o 131, 111 y 115
4T · octubre a diciembreDel 1 al 30 de enero303 y resúmenes anuales: 390, 190, 180

Obligaciones anuales

  • Modelo 390 · resumen anual de IVAEnero, junto al 4T
  • Modelo 190 · resumen anual de retencionesEnero
  • Modelo 347 · operaciones con tercerosFebrero, si aplica
  • Declaración de la Renta (modelo 100)De abril a junio
  • Impuesto de Sociedades (modelo 200)Julio, para sociedades

Cómo evitar la carrera del día 19

  • Registra los gastos en el momento: una foto del ticket el mismo día evita reconstruir el trimestre a última hora.
  • Concilia el banco cada semana. Un movimiento sin factura detectado en enero es un problema; detectado en la semana es una llamada.
  • Aparta el IVA cobrado en cuanto entra. No es dinero tuyo: es dinero que pasa por tu cuenta.
  • Revisa el borrador con margen. Si algo no cuadra, todavía tienes días para pedir la factura correcta al proveedor.

En CuentaGo ves en todo momento el IVA y el IRPF acumulados del trimestre en curso, y el borrador del modelo 303 o del modelo 130 se va rellenando solo con lo que registras.

Preguntas frecuentes sobre plazos

¿Qué pasa si el día 20 cae en fin de semana o festivo?

El plazo se traslada al siguiente día hábil. Si domicilias el pago, la Agencia Tributaria adelanta el límite unos días (habitualmente al día 15), así que conviene no dejarlo para el final.

¿Tengo que presentar el 303 aunque no haya facturado nada?

Sí. Si estás dado de alta en el censo de IVA debes presentar la declaración aunque salga a cero, marcándola como 'sin actividad'. No presentarla puede generar una sanción por no declarar.

¿Puedo domiciliar el pago de los impuestos?

En la mayoría de modelos sí, siempre que presentes dentro del plazo reducido de domiciliación. Si presentas en los últimos días, solo podrás pagar con cargo en cuenta o con NRC del banco.

¿CuentaGo presenta estas declaraciones por mí?

No. CuentaGo calcula el borrador con tus datos y genera el fichero; la presentación en la sede electrónica la haces tú o tu asesor con tu certificado o Cl@ve. No somos gestoría.

Las fechas indicadas son los plazos ordinarios. Confirma siempre el calendario oficial publicado por la Agencia Tributaria y ten en cuenta las particularidades de tu comunidad y de tu actividad.

Que el trimestre no te pille de nuevas

CuentaGo te muestra cuánto llevas de IVA e IRPF antes de que se abra el plazo. 30 días de prueba, sin tarjeta.

Empezar la prueba de 30 días